

nudistas unidos en defensa de sus derechos y la educación de la sociedad
REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN
​ Como sus siglas lo indican, este club propugna por los derechos de los nudistas, pero por ser un grupo dirigido por mujeres y para protección de ellas, sus derechos dentro del grupo tienden a ser más estrictos en relación con los nudistas hombres, por lo que este reglamento establece unas reglas de cero tolerancia si algún varón intenta violar del derecho de la mujer a disfrutar de cuerpo en compañía de sus pares, será inmediatamente dado de baja. Cualquier miembro del grupo independientemente de su calidad se compromete a cumplir con el presente reglamento..
1. REGLA INVARIABLE. La regla invariable de este club es que en todo momento existirá un mínimo de DOS miembros mujeres por cada hombre. Las acciones y actividades del grupo se decidirán por votación del 50% mas uno. En caso de que alguna discusión o votación termine en empate, el voto de calidad lo tendrá la Presidenta del Comité.
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2. ACERCA DEL COMITÉ. La Presidencia y Vicepresidencia del Comité Ejecutivo y de los Comités Locales (Capítulos) siempre serán mujeres sin excepción a la regla.
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3. DE LOS CAPÍTULOS. Los Comités Locales (Capítulos) deberán integrarse por un mínimo de 2 personas Presidencia y Vicepresidencia, de acuerdo en lo establecido en las cláusulas 1 y 2.
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4. RESOLUCIÓN ANTE DUDAS. Ante cualquier duda que exista sobre la aplicación de éste Reglamento o sobre la toma de decisiones, la responsabilidad de resolución con voto de calidad recae en la Presidenta.
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5. TIPOS DE MEMBRESÍAS. Para los fines de este grupo y atendiendo a las reuniones físicas se consideran 4 tipos de miembros:
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A. Fundadores: Los creadores del grupo a saber: Luisana Villa, Cintia Luna, Alberto Maupomé, Sobeida Gaxiola, Laura Flores, Lucila Ríos y Fabiola Pérez. Su permanencia en el grupo es vitalicia a menos que hayan incurrido en una falta que amerite su expulsión. Deben procurar con su ejemplo, el participar desnudos en las reuniones si el clima lo permite. Además tienen obligación de participar y moderar las reuniones de medios electrónicos.
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B . Activos: Aquellos miembros que tienen más de 6 meses o 3 o más reuniones físicas. Su permanencia es voluntaria y se consideran miembros activos. Es menester que participen totalmente desnudos en las reuniones si el clima lo permite. Participan libremente en las reuniones de medios electrónicos.
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C. Aspirantes: Aquellos interesados en el nudismo que tienen menos de 3 reuniones físicas. Su permanencia estará a prueba y de acuerdo a su comportamiento se decidirá su aceptación como miembros activos. Pueden participar parcialmente desnudos a las reuniones. No participan en las reuniones de medios electrónicos hasta su aceptación.
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D. Invitados: Aquellos que sólo han asistido a una reunión física por invitación y que se les considera indecisos hasta su aceptación como aspirantes. Podrían permanecer vestidos en las reuniones, a juicio de la asamblea. No participan en las reuniones de medios electrónicos hasta su aceptación.
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6. ÁMBITOS DE CONVIVENCIAS. Para la finalidad de convivencia se consideran 2 tipos de ámbitos:
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A. Reuniones físicas: Aquellas que se desarrollan en un sitio establecido de manera presencial y
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B. Reuniones por medios electrónicos: Aquellas que se efectúan por medios telefónicos, de Internet, de redes sociales y videoconferencias.
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7. DEL INGRESO. Cualquier persona puede solicitar ingresar ya sea por invitación o por voluntad propia. Una vez aceptado, se le invitará a participar en una reunión física en calidad de INVITADO y si su interés continúa y si su comportamiento es adecuado, se le invitará a una segunda reunión física donde se decidirá o no su ingreso provisional en calidad de ASPIRANTE. Con el tiempo y reuniones físicas y de acuerdo a su comportamiento, en caso de ser hombre deberá sustentar una prueba psicológica que el Comité practicará y de acuerdo a la evaluación del Comité, se decidirá si es aceptado o no como MIEMBRO ACTIVO.
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9. ACERCA DEL RESPETO. Queda establecido que el respeto por los demás es un derecho inalienable, y las sanciones incluyen la baja definitiva del club. Esta regla es más drástica para los hombres que le falten al respeto a una mujer, en cualquiera de sus formas ya sea verbalmente, físicamente o con acciones que así se interpreten.
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10. NO ES NO. Entendemos un NO como una negativa absoluta. Si alguien insiste en alguna actitud ante una negativa establecida, el hecho se considerará como acoso con las penalidades aquí establecidas. La persona afectada tendrá obligación de manifestar su inconformidad, en el tiempo mas breve posible, ante un mínimo de dos miembros del Comité Directivo para establecer la sanción expedita correspondiente y evitar el agrandamiento de la falta.
11. INTERPRETACIÓN DEL ACOSO. El acoso a las mujeres en cualquiera de sus formas esta terminantemente prohibido. Incluidos en esta regla ACCIONES QUE PUEDAN SER INTERPRETADAS COMO ACOSO a una compañera del grupo.
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12. DELACIÓN DE CONDUCTA IMPROPIA. En el caso de que algún miembro sea testigo de cualquier tipo de conducta impropia, tendrá obligación de informar en el tiempo mas breve posible, ante un mínimo de dos miembros del Comité Directivo para el esclarecimiento inmediato de los hechos, sin intentar tomar represalias por cuenta propia. El Comité deberá establecer la sanción expedita correspondiente.
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13. ACTITUD ANTE REPORTES. Cualquier reporte, por parte de algún miembro, de cualquier violación a las reglas aquí establecidas , será tomada muy en serio. En casos graves, como grupo, nos reservamos el derecho de presentar una denuncia en los tribunales correspondientes comprometiéndose los miembros que hayan sido testigos del hecho a presentarse a testificar en favor de la víctima.
14. USO DEL LENGUAJE. Debe evitarse por parte de los miembros, especialmente los varones hacer uso de piropos y requiebres, pues estos pueden ser interpretados como acoso. En las reuniones nadie acude para exhibir su cuerpo sino para disfrutar de su desnudez en compañía de sus pares. Deberá en lo posible evitarse el uso de términos altisonantes y el insultar a otro miembro está definitivamente prohibido.
15. MENSAJES PERSONALES. Queda prohibido enviar mensajes a otros integrantes del grupo sin el debido consentimiento de éstos. La violación a esta regla se puede reportar como acoso y se sancionará al miembro que la incumpla como se especificó arriba.
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16. DEL CONTACTO FÍSICO. Queda definitivamente prohibido el contacto físico no autorizado, en las reuniones presenciales, so pena de expulsión inmediata. En los casos de mucha familiaridad, la regla no aplica, a excepción de que la afectada presente una queja.
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17. DE LAS RELACIONES AFECTIVAS. Este no es un grupo para conseguir pareja, por tanto dentro de los ámbitos del grupo (redes sociales, reuniones físicas, chats, etc.) los intentos de acercamiento entre los miembros, especialmente de los hombres hacia las mujeres, con cualquier fin que no sea el de amistad, están terminantemente prohibidos. Se entiende que puede haber atracción entre dos miembros del grupo, pero el establecimiento de relaciones amorosas o de otro tipo deberán realizarse fuera de los ámbitos del grupo. Llamadas personales, visitas, u otras actividades no autorizadas, se consideran no consensuadas y ameritarán la sanción correspondiente.
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18. DE LA INTEGRIDAD MORAL DE LOS MIEMBROS. Conflictos tales como amenazas, injurias, cotilleo, investigación de datos personales, daño moral, difamación de honor, publicación no autorizada de imágenes, acusaciones falsas y comportamientos afines, que hayan sido comprobadas, implican la expulsión inmediata del miembro. Y en caso de que, por la gravedad del caso, el hecho implique algún delito y alguno de los miembro decida presentar una denuncia penal o civil, y exista otro miembro que pueda testificar los hechos ante los tribunales correspondientes, el miembro deponente se compromete a apoyar a su compañero como testigo de cargo.
19. DESNUDEZ DISCRECIONAL. En las reuniones nadie puede pedirle a un invitado o miembro que se quite la ropa. Esto será particularmente grave en el caso de que sea un hombre quien se lo solicite a una mujer y será considerado como acoso. En caso de que el nudista se sienta avergonzado estando desnudo ante una persona vestida, deberá comentarlo con algún miembro del comité quedando a discreción del quejoso el de retirarse de la reunión y del comité de averiguar la causa y en caso de que el “textilista” muestre signos de voyeurismo, se le pedirá que se retire de manera inmediata, quedando expulsado de facto.
20. DE LAS SUSTANCIAS ENERVANTES. En las reuniones se tolerará la ingesta de bebidas alcohólicas pero con moderación, en caso de ebriedad de alguno de los participantes, se le pedirá amablemente que se retire, en caso de no acceder a la petición el miembro será dado de baja. En las reuniones, nadie intentará a obligar a otro miembro a consumir alcohol. Si alguno insiste en ésa actitud, podrá ser dado de baja. En las reuniones está terminantemente prohibido el uso de drogas ilícitas. El incumplimiento de ésta regla implica la baja inmediata.
21. DE LA CAPTURA DE IMÁGENES. Queda terminantemente prohibida la reproducción, publicación y captura de imágenes tomadas en las reuniones, sin el permiso explícito de los participantes en la imagen y del visto bueno del Comité, para proteger la identidad y la imagen personal de los miembros. En caso contrario, el trasgresor no sólo se hará acreedor a la expulsión sino que, de acuerdo a la Ley de Propiedad Intelectual y a la llamada Ley Olimpia, el caso será turnado a las autoridades competentes. Para fines de promoción y educacionales, los miembros interesados podrán solicitar al Comité las fotografías y videos oficiales del club, mismos que ya cumplen con los requisitos de las leyes mencionadas.
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22. DERECHO DE RÉPLICA. Si bien el acusado de alguna violación al reglamento tendrá derecho de réplica, la suspensión provisional será inmediata y solamente en caso de que demuestre su inocencia más allá de cualquier duda, se decidirá su reincorporación con la reserva de que no habrá una segunda oportunidad..
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23. RECOMENDACIÓN DE HIGIENE. En las reuniones, los asistentes deberán portar una toalla de uso personal y exclusivo, excepto en el caso de familiares quienes podrán compartir el paño.
24. RESOLUCIÓN EN CASO DE OMISIÓN. Cualquier omisión no prevista por el presente reglamento, deberá ser comunicada a algún miembro del Comité para su discusión y eventual inclusión en el reglamento.
Como promotores, defensores y educadores en materia de nudismo, somos muy escrupulosos con la protección a las mujeres, generando ambientes respetuosos, no sexualizados, con vínculos personales responsables y libres de cualquier tipo de acoso.
ATENTAMENTE
EL COMITÉ DIRECTIVO DEL CLUB
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Elaborado el 28 de octubre de 2024.
Última revisión noviembre 2024.
